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    DGT: las nuevas normas de 2019

    DGT

    Cuando comenzó el 2019, la DGT propuso una modificación de sus normas de tráfico con el fin de reducir los accidentes en la carretera.

    En Talleres Dupesan vamos a repasar todos los cambios producidos para que conozcas a la perfección las nuevas reglas de tráfico que quieren instalar y evites multas y accidentes con el coche:

    Los cambios en la normativa de la DGT

    Límite de velocidad en carreteras secundarias

    A partir de ahora, la velocidad máxima permitida para vehículos y motocicletas en carreteras secundarias pasaría a ser de 90km/h. Por su parte, autobuses, camiones y furgonetas podrán circular a máximo 80km/h.

    Sin embargo, existe una excepción a esta norma para las carreteras con separación física de los sentidos de circulación, en las que se sigue respetando el límite de 100km/h.

    El 75% de los accidentes mortales de tráfico se producen en carreteras secundarias. Con esta medida se prevé reducir la mortalidad en accidentes hasta en un 10%.

    La sanción por superar este límite será de 100€. Además, se empezarán a retirar 2 puntos del carnet cuando se supere esta velocidad en más de 20 km/h y la sanción aumentará a 300€.

    También se quiere limitar a 30km/h la velocidad en calles de un solo carril por sentido o de sentido único.

    Uso del teléfono móvil al volante

    El uso de dispositivos móviles al volante se considerará infracción grave y se procederá a la retirada de 6 puntos del carnet de conducir y la sanción económica de 200€. Esta medida también se aplica para el uso de detectores de radares o la manipulación de navegadores conduciendo.

    Uso de cinturón de seguridad y casco

    La no utilización del cinturón de seguridad o del casco en el caso de motorisas supondrá una sanción de 200€ y la retirada de 4 puntos del carnet. Esta misma sanción también se aplicará cuando no se utilice el sistema de retención infantil adecuado a los niños pequeños.

    Recuperación de puntos

    Por otro lado, recuperar los puntos del carnet será algo más sencillo. Los infractores que superen los cursos de sensibilización y reeducación vial obtendrán 8 puntos nuevos, en vez de 6 como hasta ahora.

    Además, se unifica el plazo de dos años necesarios para que, habiendo perdido puntos (independientemente de que la infracción sea grave o muy grave), y siempre que durante ese periodo no se cometa ninguna infracción que suponga la pérdida de los mismos, un conductor recupere los 12 puntos de su carnet.

    También se pueden obtener 2 puntos adicionales a conductores que, teninedo un saldo positivo de los puntos, realicen cursos de conducción segura.

    Modificaciones del Código Penal referentes a Seguridad Vial

    Se crea el nuevo delito de «abandono del lugar del accidente», con penas de 2 a 4 años de prisión en caso de que el accidente sea resultado de una imprudencia. En caso de que el siniestro fuera fortuito, de 3 a 6 meses de cárcel.

    Cuando se comenta un delito contra la seguridad vial se considerará automáticamente imprudencia grave y la pena será de entre 1 y 4 años en caso de fallecimiento y de hasta 1 año en caso de heridos. Se considerarán delito los accidentes provocados por exceso de velocidad o consumo de drogas y/o alcohol.

    En caso de fallecimiento múltiple, se sancionará con penas de entre 6 y 9 años de cárcel.

    Por último, los siniestros menores volverán a ser delitos, con penas de entre 3 y 6 meses de multa y las víctimas podrán beneficiarse de la protección que les otorga la legislación penal.

    Si ya sabes lo que tienes que hacer, y no lo haces, entonces estás peor que antes

    Confucio

    Ya sabéis, lo mejor es conducir de manera correcta y segura para evitar accidentes y sanciones. ¡Hasta la próxima! 🙂

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